Fase 2: Comunidades de Propietarios

A partir del día 8 de junio de 2020, la Comunidad de Madrid entra en la Fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. La fase 2 amplía las normas para la flexibilización.

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

En esta fase 2, se permitirá el contacto social entre grupos de hasta 15 personas, siempre manteniendo la distancia social de más de dos metros de distancia y las medidas de protección oportunas, guantes, geles etc.

Las piscinas recreativas públicas o privativas de uso colectivo, podrán abrir a los usuarios con un aforo máximo del 30% o alternativamente el que permita cumplir con la distancia de seguridad, más de dos metros de distancia entre personas. Además, se organizarán horarios por turnos, no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes y las instalaciones deberán limpiarse, al menos, tres veces al día. 

Como regla general, pueden abrirse las zonas ajardinadas a excepción de la zona reservada a los columpios que permanecerá cerrada. Para ello, deberá mantenerse la distancia interpersonal de 2 metros evitando en todo momento que se formen corrillos.

Se mantiene la prohibición del uso de las instalaciones comunes como gimnasio, sauna o sala multiusos a excepción de las zonas deportivas como es el caso de la cancha de tenis o pista de pádel en las condiciones previstas anteriormente.

Como regla general, pueden abrirse las zonas ajardinadas a excepción de la zona reservada a los columpios que permanecerá cerrada. Para ello, deberá mantenerse la distancia interpersonal de 2 metros evitando en todo momento que se formen corrillos.

Se mantiene la prohibición del uso de las instalaciones comunes como gimnasio, sauna o sala multiusos a excepción de las zonas deportivas como es el caso de la cancha de tenis o pista de pádel en las condiciones previstas anteriormente.

Los deportes en la fase 2: se podrán realizar actividad física no profesional a cualquier hora, salvo en las franjas de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00 horas, destinadas a personas de más de 70 años.