Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
Espacios abiertos
No será necesario el uso de mascarillas en espacios exteriores abiertos tales como zonas ajardinadas o de paso, piscinas, pistas polideportivas y áreas infantiles.
Si la junta de propietarios se celebra al aire libre, nos será obligatorio el uso de mascarilla aunque si es recomendable en el supuesto de que no pueda garantizarse la distancia interpersonal entre los asistentes.
Espacios cerrados
Como regla general, salvo las excepciones previstas, su uso es obligatorio para los mayores de 6 años en espacios cerrados.
En consecuencia, se mantiene la obligación del uso de la mascarilla en los portales, escaleras, ascensores, trasteros, garajes, gimnasios y salas multiusos así como durante el transcurso de la celebración de una junta si ésta se celebra en espacio cerrado.